NOTA DE PRENSA: «DESBLOQUEANDO EL POTENCIAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y EL ARTE DE LA GOBERNANZA: EL SECRETARIO”
En el 23 de enero de este año, El Colegio Nacional de Consejeros Profesionales de Empresas CNCPIE http://cncpie.org se viste de plácemes nuevamente al celebrar su tercer webinar del año. Con este ya son tres webinars con temas muy importantes y de actualidad que han llamado la atención poderosamente de la audiencia por la calidad de los ponentes y los temas propuestos.
Su Presidente José Antonio Quesada, con mucho orgullo de la calidad y ponentes de los webinars, da la bienvenida a los asistentes y agradece al ponente, el Lic. Juan Antonio Ramírez, quien es Socio en Law, Telecom and Energy Consulting “LTEC”, Secretario y Vicepresidente legal de CNCPIE entre otros cargos de mucha importancia, que presenta el tema del webinar “DESBLOQUEANDO EL POTENCIAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y EL ARTE DE LA GOBERNANZA: EL SECRETARIO”.
El Licenciado Juan Antonio, inició su presentación en donde trató temas de mucho interés. Entre los que describe las Funciones del Secretario del Consejo y la evolución de estas funciones, hasta llegar al hecho de convertir al Secretario del consejo como el guardián de los secretos del consejo Y su participación en la Gobernanza, gestión de riesgos, comunicación estratégica y tecnología.
En sus comentarios platica de las condiciones y funciones del Secretario de Consejo, como en Irlanda, La india, Singapur, etc., lo que muestra el nivel de responsabilidades muy amplias del secretario del consejo, implicando su responsabilidad como consejero y su responsabilidad legal ante las autoridades. De esta manera, el Secretario del Consejo debe estar capacitándose continua en todos los aspectos, incluyendo el fiscal y las responsabilidades societarias, en donde CNCPIE cuenta con programas muy completos para complementar esta función del Secretario.
Se terminó el webinar con las siguientes conclusiones:
La función del Secretario del consejo seguirá evolucionando constantemente.
El Secretario es una pieza fundamental en la Gobernanza de la empresa
La tecnología es un gran aliado del Consejo
Es necesario invertir en la formación y desarrollo de Secretarios de Consejo
El Secretario del Consejo actualmente es un profesional polivalente con perfil estratégico y proactivo.
Al finalizar el webinar Emilio Llanes y José Antonio Quesada extendieron su agradecimiento hacia el Lic. Juan Antonio Ramírez, quien contestó una serie de preguntas que despertaron el interés total de los asistentes, quienes terminaron agradeciendo la presentación.
Las condiciones actuales de la empresa en que nos encontramos actualmente, demandan mucho conocimiento, preparación y experiencia, condición que obliga a los consejeros a tener una posición más confiable y habilitada en los temas que le competen o para los que es contratado. De esta necesidad de las empresas surge o se abre la puerta a nuevas oportunidades profesionales para el consejero. La opinión del consejero en un consejo de administración debe estar respaldada conscientemente por opiniones de valor que guíen a la empresa a caminar por un mundo muy competido y globalizado que al desestimar opciones limitan su crecimiento y es donde ofrece valor la opinión o recomendación del consejero profesional independiente.
Nos enfocaremos en este documento en mencionar las ventajas de la Certificación como Consejero Profesional Independiente de Empresa:
Mejora la Gobernanza Corporativa.
Uno de los beneficios más significativos de la Certificación como Consejero Profesional Independiente es la capacidad y habilidad de aportar ideas valiosas para una mejor Gobernanza Corporativa. El consejero independiente juega un papel crucial en la aportación y supervisión de las mejores prácticas de la empresa, asegurando que se mantengan altos estándares éticos, legales y de buena conducción de la empresa. Su presencia en los consejos de administración ayuda a prevenir conflictos de interés y promueve la transparencia en la toma de decisiones, lo que genera grandes niveles de confianza en los socios, inversionistas, empleados y los grupos de interés involucrados en la empresa.
Diversidad de Perspectiva y Experiencia
Los consejeros independientes al ser consejeros ajenos a la empresa aportan una perspectiva diferente a los miembros de la empresa y una diversidad de experiencia que puede ser invaluable y enriquecedora para la empresa. Frecuentemente, los miembros internos del consejo pueden estar demasiado inmersos en las operaciones diarias de la empresa y esto puede limitar la visión para identificar problemas potenciales o áreas de mejora en productividad, financiera o de tecnología. Un consejero independiente, con su experiencia en diferentes industrias y contextos, puede ofrecer ideas innovadoras que pueden ser la clave para el crecimiento y sostenibilidad a largo plazo de la empresa.
Desarrollo Profesional y Credibilidad
Obtener la Certificación como Consejero Profesional Independiente no solamente enriquece tu currículum, sino que también aumenta tu credibilidad y reputación en el mundo empresarial. Esta Certificación es un reconocimiento formal de tu crecimiento, habilidades y compromiso de excelencia en la gobernanza corporativa. Además, el proceso de Certificación suele incluir capacitación en áreas críticas como la gestión de riesgos, ética empresarial y estrategia corporativa que le proporciona al Consejero Independiente mejores elementos para enfrentar los desafíos que surgen en el consejo.
Contribución a la Sostenibilidad y Responsabilidad Social Corporativa.
Actualmente, los requerimientos sociales y las legislaciones de todos los países están ejerciendo una creciente presión sobre las empresas para operar de manera sostenible y responsable, los Consejeros Independientes pueden desempeñar un papel vital en la promoción de prácticas de sostenibilidad y en la integración a principios de Responsabilidad Social Corporativa (RSC) en la estrategia empresarial. Al estar Certificados tienen los elementos adecuados para guiar a la empresa en la implementación de políticas y prácticas que no solamente benefician a la empresa, sino también a la sociedad y el medio ambiente.
Fortalecimiento en la Toma de Decisiones
El Consejero Independiente integra opciones como la objetividad, libertad de conflicto de intereses y capacidad para la toma de decisiones informadas y cautela en las decisiones desinformadas. Su independencia le permite evaluar las situaciones desde una perspectiva imparcial, indispensable en la toma de decisiones estratégicas. Al estar certificado posees habilidades necesarias para analizar información crítica, sopesar riesgos y oportunidades, y tomar decisiones que beneficien a la empresa.
Red de contactos y Oportunidades
Hoy en día, en un mundo hiperconectado en todos los aspectos, el Consejero Profesional Independiente Certificado, cuenta con una red de contactos profesionales igualmente calificados que ofrecen el valor de valiosas oportunidades de aprendizaje, desarrollo y consulta que también puede abrir puertas a nuevas oportunidades profesionales y empresariales. La participación en foros, conferencias y otros eventos relacionados con la gobernanza corporativa le permiten mantenerse actualizado en las últimas tendencias y mejores prácticas, además de establecer conexiones con líderes empresariales de todo el mundo.
La Certificación como Consejero Profesional Independiente de Empresas es una inversión valiosa tanto para el profesional como para las empresas que buscan mejorar su gobernanza corporativa.
El COLEGIO NACIONAL DE CONSEJEROS PROFESIONALES INDEPENDIENTES DE EMPRESAS (CNCPIE) http://cncpie.org, cuenta con un programa muy amplio e importante en la formación de Consejeros Profesionales Independientes el Programa de Desarrollo para Consejeros Profesionales, Consúltanos e inscríbete COLEGIO NACIONAL DE CONSEJEROS PROFESIONALES INDEPENDIENTES DE EMPRESAS http://cncpie.org
DIGITALIZACIÓN DEL CONSEJO Y DEL GOBIERNO CORPORATIVO
Las legislaciones vigentes hacia hace un par de años, especificaba que las Juntas de Consejo de Administración de las empresas debían ser presenciales y en el local específico para llevar a cabo las reuniones, sin determinar de manera específica que el Consejo no podía ser de forma remota, el concepto era: la falta de seguridad y confiabilidad de la información. Sin embargo, a partir de hace un par de años la Ley General de Sociedades Mercantiles, fue modificada y ahora se acepta el proceso de sesión del Consejo de forma remota.
Cambios a la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Entre los cambios principales que se han registrado en esta Ley General de Sociedades Mercantiles se encuentran:
Las asambleas de Consejo pueden realizarse por medio digitales.
Los protocolos convencionales de los Consejos de Administración no se verán alterados.
Se debe contar con procesos de seguridad que garanticen la confidencialidad y accesibilidad de los datos para los consejeros autorizados.
Se puede aceptar por medio digital la firma digital, lo cual no era aceptado ni por jueces ni notarios.
Estas modificaciones a la ley, además de muchas otras, son mencionadas en este artículo, porque forman la base del contexto que estamos analizando, que entre otras cosas permite:
El uso de medios digitales para el desarrollo de los Consejos de Administración de las Empresas.
La modificación de los procedimientos y normas que se siguen en Consejos Presenciales.
La participación del consejero es independiente de la ubicación física del consejero.
La interlocución entre consejeros desde diferentes ubicaciones y la aceptación de firmas digitales.
¿Qué es la digitalización del Consejo?
La digitalización del Consejo es modificar, desarrollar y adaptar normas y procedimientos establecidos como protocolos de operación del consejo presencial, adaptando estos procedimientos a proceso de uso de medios digitales para su desarrollo, considerando entre ellos la seguridad, integridad y eficiencia de la operación del Consejo, conservando la estructura de operación sin menoscabar ninguna función y poniendo principal atención en:
Garantizar la seguridad y confidencialidad de la información.
Garantizar la accesibilidad y seguridad posible de las herramientas digitales que se utilicen.
Garantizar el control absoluto y la integridad de la información.
Garantizar la accesibilidad de la información a los consejeros autorizados en exclusivo.
Cinco Beneficios de la Digitalización del Consejo.
La funcionalidad del Consejo sigue siendo las misma, entre ellas citar al consejo, elaboración de actas, responsable de controlar las actas del consejo, responsable de facilitar herramientas y/o local ya sea por medio digital o presencial, etc. A diferencia del consejo presencial se presentan 5 ventajas de la digitalización:
Productividad y eficiencia
Se facilita la distribución de información previa, para poder escuchar la discusión y participación de todos los consejeros, sin limitaciones de espacio, lugar o ubicación.
Se reducen costos y tiempos de integración y distribución en procesos previos como convocatoria, distribución de agenda, etc., como los procesos posteriores como distribución de la minuta, firma de documentos, etc.
Se maneja íntegramente la orden del día y la información de los consejos tanto en los datos sesión por sesión y las discusiones del día, como el histórico de todas las sesiones.
Control de Riesgos de registro y transparencia.
Contar con la información registrada de manera segura, íntegra y transparente.
Seguimiento a las tareas y acciones de los consejeros y de la asamblea evitando riesgos de falta de información.
Contar con la información siempre clara y disponible para los consejeros autorizados.
Accesibilidad de la información en acceso inmediato para los consejeros autorizados.
Seguridad de la Información.
La información es guardada de manera segura y confidencial.
La integridad se conserva y no se pierde, destruye o se modifica.
Quien debe tener acceso debe contar con permisos específicos sin limite o acordado en los temas que correspondan.
Confianza de los Grupos de Interés.
Los grupos con intereses ESG (Ambiental, Social y Gobernanza), sindicatos, empleados, clientes, proveedores. etc. se sienten tranquilos con la información clara y transparente.
El tener buenas prácticas genera confianza con los grupos de interés.
Movilidad, Versatilidad y oportunidad.
Factibilidad del desarrollo de sesiones de consejo de forma remota.
No limitar el hecho de la diversidad de ubicaciones de los consejeros temporal o permanente.
Las juntas virtuales se hacen normalmente una o dos vece al año y se pueden hacer las juntas de consejo de forma presencial.
Es inminente la profesionalización del Consejos de Administración ya que evidentemente integra facilidades como la versatilidad en la sesión de consejo, posibilidad de compartir documentación sensible por medios digitales y sobre todo la seguridad, accesibilidad e integridad de la información generada en el consejo. Es conveniente utilizar herramientas exprofeso que faciliten la digitalización del Consejo de Administración.
En EL COLEGIO NACIONAL DE CONSEJEROS PROFESIONALES INDEPENDIENTES DEEMPRESAS,contamos con la integración en nuestros programas de consejeros de estas herramientas como las que nos comparte Sara Caballero, Directora de Atlas Governance. ATLASGov. Ellos cuentan con la herramienta y el CNCPIE cuenta con los Consejeros Profesionales independientes integrados con esta herramienta.
COLEGIO NACIONAL DE CONSEJEROS PROFESIONALES INDEPENDIENTES DE EMPRESAS (CNCPIE)
LO QUE LOS CONSEJEROS INDEPENDIENTES DEBEN SABER SOBRE SUS OBLIGACIONES LEGALES.
Webinar – Lic. Gerardo Monroy Campero – Socio del despacho de Abogados CAMPERO Y MONROY
El enfoque de la conferencia fue hacia los aspectos generales de las leyes que indican las responsabilidades, obligaciones legales y los códigos recomendables que se deben observar por los Consejeros Independientes de Empresas.
¿Cuáles son las responsabilidades, obligaciones legales y códigos recomendables que deben observar los Consejeros Independientes?
El Código Civil de México
La Ley General de Sociedades Mercantiles
Ley de Instituciones de Crédito
Ley del Mercado de Valores
Ley para Regular las Agrupaciones Financieras
Código de Principios y Mejores Prácticas del Consejo Coordinador Empresarial (CCE)
Código de Principios de Gobierno Corporativo de la OCDE
Gerardo Monroy Campero nos da un breve panorama sobre las obligaciones legales que debe observar el Consejero Independiente:
El Código Civil de México es el cuerpo legal que regula sustancialmente las materias jurídicas civiles en México. Además, dicta normas sobre derechos y obligaciones de las personas, familias, bienes, herencias, testamentos, patrimonio familiar, compraventa, contratos, deudas, arrendamientos, etc. El Código Civil puede ser de aplicación Federal pero independientemente de ello cada Estado de la República tiene su propio Código Civil. Estos Códigos Civiles no se refieren específicamente la las obligaciones legales de los Consejeros de las Empresas, pero se refieren a los conflictos que nacen de actos ilícitos que pueden representar daño físico o moral y en cuyo caso refieren la reparación del daño en caso de daño físico o una compensación económica en caso de daño moral.
La Ley General de Sociedades Mercantiles regula la constitución de las sociedades mercantiles, las obligaciones que se derivan del contrato para los socios y la estructura de la sociedad incluyendo las obligaciones entre los socios, las empresas y los contratantes dependientes de la empresa. No se refiere explícitamente a las obligaciones de los Consejeros Independientes, pero sí la condiciones en caso de ilícitos.
Otro grupo de leyes de las que el Consejero Independiente debe estar en conocimiento son las leyes especiales del sector Financiero. Estas instituciones tienen sus propias leyes debido a lo específico de operación y características. Aplican para bancos, casas de bolsa, afianzadoras, cajas de ahorros, compañías de seguros, etc. entre ellas se encuentra:
Ley de Instituciones de Crédito. Esta ley es de orden público y observancia general en México. Tiene por objeto regular el servicio de banca y crédito, la organización y funcionamiento de las instituciones de crédito, las actividades y operaciones que las mismas podrán realizar, para su sano y equilibrado desarrollo, la protección de los intereses del público y los términos en que el Estado ejercerá la rectoría financiera del Sistema Bancario Mexicano.
Ley del Mercado de Valores. disposición que regula la oferta pública de valores; su intermediación; las actividades de las personas y entidades operativas que intervienen en el mercado; la estructura y operación del Registro Nacional de Valores; y los alcances de las autoridades responsables de promover el desarrollo equilibrado del mercado y la sana competencia.
Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, tiene por objeto regular las bases de organización y funcionamiento de los grupos financieros; establecer los términos bajo los cuales habrán de operar, así como la protección de los intereses de quienes celebren operaciones con los integrantes de dichos grupos.
Todas estas leyes, aún cuando consideran la especialidad de su función y segmento económico aplicable, en términos generales reflejan las siguientes Obligaciones del Consejero Independiente que podemos resumir en:
El Consejero Independiente debe estar exento de conflicto de intereses relativo a relaciones personales con los socios o familiares, patrimoniales, filiales etc.
Tiene como obligación la confidencialidad que inclusive persiste hasta 1 año después de haberse retirado del cargo.
La lealtad que implica la asistencia y compromiso profesional de participar en todas las asambleas y validar las actas de asamblea.
En caso de no poder asistir a una asamblea deberá informarse al consejo y nombrar un suplente, sin embargo, no se le exime de responsabilidad en caso de acuerdos de importancia.
En caso de no poder asistir, se revisará el acta de asamblea en ausencia y hará patente su voto en función del tema tratado durante su ausencia.
La buena fe y la ética se tienen como principio básico en la actuación del Consejero Independiente.
Es conveniente que el Consejero Independiente de Empresas también tome en consideración dos códigos, que independientemente de no ser leyes de tipo civil, mercantil o financiero, representas principios éticos de gran valía y nos referimos a:
–Código de Principios y mejores prácticas del Consejo Coordinador Empresarial
-Código de Principios de Gobierno Corporativo de la OCDE
Entre otras, este es el marco general de leyes y códigos bajo los cuales se rigen las empresas y deben ser observados por los Consejeros Independientes de Empresa.
Te invitamos a ver el video sobre la participación de el Lic. Gerardo Monroy Campero en el webinar: “Lo que los Consejeros Independientes Deben Saber Sobre sus Obligaciones Legales”
¿Sabías qué la Ley del Mercado de Valores, en su artículo 24 menciona que el Consejo de Administración de las sociedades anónimas bursátiles estará integrado por un máximo de veintiún consejeros, de los cuales, cuando menos, el veinticinco por ciento deberán ser independientes?
Hasta la fecha en la Ley no se menciona ningún principio de igualdad y equidad de género en la integración de los consejos de administración, sin embargo, hace un par de meses el diputado Omar Enrique Castañeda González introdujo ante la Cámara de Diputados una iniciativa de modificación de la Ley en la que se propone, entre otras cosas, que al menos el 30% de los puestos de los consejeros sean ocupados por mujeres.
Noemi Cortés Llamas, miembro del Colegio Nacional de Consejeros Profesionales Independientes de Empresas, considera que la inclusión con perspectiva de género es un elemento de valor que debe considerar cualquier organización. La participación de la mujer en el desarrollo de un país representa la posibilidad de aportar mayor crecimiento económico, mantener equilibrios sociales, permitir la reducción de pobreza y, en general construir mejores condiciones de vida para la comunidad en la que se desarrolle. En este sentido es de gran importancia la participación de la mujer en los órganos de gobierno y en las posiciones de decisión dentro de las organizaciones publicas y privadas.
El Colegio Nacional de Consejeros Profesionales Independientes de Empresas aporta una visión relevante respecto a la participación de mujeres en los Consejos de Administración promoviendo la profesionalización del Consejero y la Consejera Independiente, sin discriminación de ninguna naturaleza y sin distinción de genero.
Agregó, Noemí Cortés Llamas, que el talento y capacidades personales de hombres y mujeres aportan valores a las empresas. El Consejo de Administración debe contar con el talento que le permita robustecer su actuación. Por lo que, la selección correcta de Consejeros y Consejeras promueve este fin.
A continuación les compartimos parte del planteamiento realizado en la presentación de la iniciativa de Reforma del artículo 24 de la Ley del Mercado de Valores ante la Cámara de Diputados.
La iniciativa de Reforma del artículo 24 de la Ley del Mercado de Valores, esta a cargo del diputado Omar Enrique Castañeda González. Dentro del planteamiento del problema se incluye que: “solo habrá igualdad cuando no exista ningún tipo de discriminación directa o indirecta contra las mujeres tanto en el ámbito privado como público. Dentro de la iniciativa privada podemos hablar de equidad, mas no igualdad. Estudios realizados por Victoria 147 y Forbes México (2015) señalan que dentro de las empresas mexicanas hay una percepción entre los trabajadores sobre prácticas de inclusión e igualdad de género, sin embargo, la disparidad de salarios y la dificultad que enfrentan las mujeres para llegar a puestos de mayor jerarquía son aún patentes. De igual manera, el 68.2% de los trabajadores mencionaron que las empresas no fomentan la participación de las mujeres en cargos directivos por cuotas”.
Entrando en detalle: “cifras del Inegi arrojan que 65.2 por ciento del PIB nacional lo constituyen las mujeres, no obstante, la participación de la mujer en los puestos directivos de las empresas aún es exigua, de acuerdo con datos de Women on Boards (WOB,2020) el porcentaje de mujeres que ocuparon algún sitio dentro del consejo de administración de alguna empresa en México fue de 8.7%; otro dato relevante es que la participación de las mujeres en los Consejos de Administración de empresas de las organizaciones que cotizan en la Bolsa de Valores no supera el 9% según estudios realizados por el Instituto Mexicano de Competitividad (IMCO), de acuerdo con el organismo, hay un total de 157 empresas que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) y en la Bolsa Institucional de Valores (BIVA). De ese total, 51 empresas aún no tienen mujeres en sus consejos de administración y solo cuatro tienen una directora general”.
La iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 24 de la Ley del Mercado de Valores propuesta es la siguiente:
Artículo 24. El consejo de administración de las sociedades anónimas bursátiles estará integrado por un máximo de veintiún consejeros, de los cuales, cuando menos, el veinticinco por ciento deberán ser independientes yel treinta por ciento deberán ser mujeres. Por cada consejero propietario podrá designarse a su respectivo suplente, en el entendido de que los consejeros suplentes de los consejeros independientes deberán tener este mismo carácter.
…
…
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. A partir de la entrada en vigor de este decreto, los consejos de administración de las sociedades anónimas bursátiles, tendrán ocho años para cumplir con lo establecido por el artículo 24 de esta ley.
Beneficios de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 24 de la Ley del Mercado de Valores
Dentro de los beneficios de esta iniciativa de Ley sobre incorporar más mujeres en posiciones de junta directiva, diversos estudios establecen que:
Ayudaría a moderar el exceso de confianza de los CEO masculinos, lo que trae consigo una mejor toma de decisiones en general para la empresa
Apoyaría en tener una mayor diversidad de puntos de vista, lo que mejora la calidad del consejo, especialmente cuando se trata de problemas complejos, porque las diferentes perspectivas pueden aumentar la cantidad de información disponible
Significaría políticas de inversión menos agresivas, mejores decisiones de adquisición y mejor desempeño de la empresa
Traería consigo a las compañías, como un mejor desempeño financiero y mayor rentabilidad
Desarrollaría mejores esquemas de responsabilidad social corporativa y una mayor diversidad de trabajo filantrópico
Fomentaría la inclusión de las mujeres en los consejos de administración de las empresas
El compromiso del Colegio Nacional de Consejeros Profesionales Independientes de Empresas sobre la inclusión con perspectiva de género
El Colegio Nacional de Consejeros Profesionales Independientes de Empresas es un semillero de conocimiento y tiene la capacidad también de generar relaciones de Consejeros con experiencia y alto reconocimiento en sus trayectorias,así como a las empresas que lo solicitan se les brindará apoyo en la formación de sus Consejos y búsqueda de Consejeros. Con estas acciones difunde permanentemente mejores prácticas en Gobierno Corporativo .
Existen organizaciones que han presentado diversas iniciativas en búsqueda de herramientas que motiven la velocidad y el incremento de la participación de la mujer. Entre otras establecer cuotas obligadas de genero a empresas públicas, la integración de plataformas de directorios de Consejeras, investigaciones económicas y de impacto etc. El Colegio Nacional de Consejeros Profesionales Independientes de Empresas es respetuoso de estos esfuerzos, sin embargo mantiene el compromiso de ofrecer valores inclusivos donde la profesionalización del Consejero y Consejera no tenga distinción. Y las empresas de cualquier tamaño y naturaleza encuentren conocimiento de Gobierno Corporativo para apoyar su sostenibilidad.
Revisa aquí el canal de la Cámara de Diputados, donde el diputado Omar Enrique Castañeda González presenta la iniciativa que reforma el artículo 24 de la Ley del Mercado de Valores para que al menos el 30 por ciento de quienes integran el consejo de administración de las sociedades anónimas bursátiles sean mujeres.